¿Qué es?

El acogimiento familiar especializado es un tipo de acogimiento que se desarrolla en una familia ajena en la que, al menos, uno de sus miembros dispone de cualificación, experiencia y formación específica para desempeñar esta función respecto de niños, niñas y adolescentes, tuteladas o en guarda por la administración, con necesidades o circunstancias especiales.

La mayor parte de los chicos y chicas que necesitan un acogimiento familiar pueden ser acogidos por familias voluntarias, pero hay otros chicos y chicas que necesitan ser acogidos y para los que se plantea un acogimiento especializado.

Estos chicos y chicas presentan una variedad de situaciones, pero para los que es difícil contar con una familia de acogida voluntaria:

Se trata de:

  • Personas menores de edad con discapacidad reconocida.
  • Personas menores de edad con problemas de salud especiales o de riesgo.
  • Personas menores de edad con problemas de conducta o adaptación que dificultan su integración familiar y social.
  • Personas menores de edad con otras necesidades especiales.

¿Por qué el acogimiento familiar especializado de especial preparación?

Permite que vivan en un entorno familiar que contribuya a reparar daños emocionales, trabajando las dificultades de su historia previa. Y evitando o limitando su institucionalización.

A través de la ayuda especializada de la propia familia que lo acoge, de su aceptación e inserción en esta familia y de la intervención estructurada que se lleva a cabo, es posible desarrollar un ambiente de ayuda y de reparación de las dificultades que presenta.

Este acogimiento familiar especializado ayuda a:

  • Reparar muchos de estos daños
  • Generar vínculos positivos en una familia ajena
  • Mantener contacto con su familia de origen

No es una adopción, ni un paso hacia ella. No pretende sustituir a la familia de origen que deber ser respetada y tenida en cuenta en todo momento.

Para reparar un daño profundo hace falta tiempo y esfuerzo de muchas personas que reman en la misma dirección

De las modalidades de acogimiento familiar establecidas legalmente se priorizan las siguientes:

• Acogimiento Temporal: con una duración aproximada de hasta dos años, para las situaciones en las que existe una alta probabilidad de retorno con su familia de origen.

• Acogimiento Permanente: está dirigido a las situaciones en las que no existe un pronóstico claro de retorno pero la vinculación emocional del niño con su familia de origen ha de mantenerse. Su duración es indefinida.